La prueba de acceso a 1º de Profesional se celebrará entre el 15 de mayo y el 5 de junio ambos incluidos. Será convocada por el/la Director/a del Conservatorio con antelación suficiente.
Podrán participar en la prueba de acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música exclusivamente aquellos aspirantes que previamente hayan presentado solicitud de admisión conforme al procedimiento establecido en la normativa vigente sobre procedimiento de admisión del alumnado, sin distinción entre los que hayan cursado o no las Enseñanzas Básicas y pertenezcan o no al centro convocante. Es necesario el pago de las tasas correspondientes con el modelo 169.
La prueba de acceso al primer curso de Enseñanzas Profesionales consistirá, para todas las especialidades instrumentales excepto para la especialidad de Canto y Cante Flamenco, en dos ejercicios, que serán:
Interpretación, en el instrumento de la especialidad a la que se opte, de tres obras pertenecientes a distintos estilos, de las que una como mínimo deberá interpretarse de memoria. Se puede consultar la relación de obras orientativas en el Anexo I de la Orden de 16 de abril de 2008. Aquí puedes consultar las obras orientativas para guitarra flamenca. En las programaciones didácticas de cada especialidad se podrá ampliar información al respecto de dichas obras.
Ejercicio para evaluar la capacidad auditiva del alumno/a y sus conocimientos teóricos y prácticos del lenguaje musical.
Para la especialidad de Canto la prueba consistirá en:
Interpretación de dos obras de diferentes estilos, libremente elegidas por el aspirante, de las cuales una será de repertorio lírico.
Ejercicio para evaluar la capacidad auditiva del alumno y sus conocimientos teóricos y prácticos del lenguaje musical.
Para la especialidad de Cante Flamenco la prueba consistirá en:
Interpretación de dos cantes de los diferentes palos o estilos flamencos, uno libre y otro a compás, ambos, libremente escogidos por el aspirante. Enlace a la relación de obras orientativas.
Ejercicio para evaluar la capacidad auditiva del alumno y sus conocimientos teóricos y prácticos del lenguaje musical.
Puedes consultar el modelo de examen de teoría, dictado, ritmo y entonación para el acceso a 1º de enseñanzas profesionales aquí junto al programa orientativo.
La dificultad que deben tener las obras interpretadas se establecerá de acuerdo con la relación de obras contenidas en el Anexo I de la Orden de 16 de abril de 2008 arriba mencionado.
Cada uno de los dos ejercicios de que consta la prueba de acceso, tanto para las especialidades instrumentales como para la especialidad de Canto y de Cante Flamenco, serán calificados con una puntuación de 0 a 10 puntos. Será necesaria una calificación de 5 puntos como mínimo para considerar superado el ejercicio correspondiente.
La calificación definitiva de la prueba de acceso será la media ponderada de la puntuación obtenida en los dos ejercicios, ponderándose el primero de ellos en un 70% (interpretación) y el segundo en un 30%.
Dado el carácter global de la prueba de acceso, los aspirantes deberán realizar todos los ejercicios que, para cada especialidad, se establecen. En consecuencia, la no presentación a alguno de los ejercicios supondrá la renuncia de los aspirantes a ser calificados, determinando la no superación de la prueba de acceso.
En este enlace tienes acceso a los criterios de calificación de las pruebas de acceso a 1º de Enseñanzas Profesionales.
Una vez finalizadas las pruebas, se publicará en los tablones de anuncio del centro y en esta web, la lista de calificaciones obtenidas por los aspirantes, en la que aparecerá la puntuación de cada uno de los ejercicios así como la calificación global, ordenada de mayor a menor calificación.
Contra la citada lista de calificaciones se podrá interponer reclamaciones ante el tribunal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su publicación. Dichas reclamaciones se harán por escrito y concretando las alegaciones.
El Tribunal publicará en el tablón de anuncios del centro y en esta web la resolución de las reclamaciones, procediendo, asimismo, a la publicación de los listados definitivos de calificaciones.
Contra la citada resolución podrá presentarse recurso de alzada, conforme a lo preceptuado en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente.
La superación de la prueba no garantiza la obtención de plaza escolar (quedando condicionada ésta a la disponibilidad de plaza escolar vacante) y surtirá efecto únicamente para el curso académico para el que hayan sido convocadas.
La adjudicación de plazas se hará de acuerdo con la normativa vigente y los criterios establecidos por la Dirección General de Planificación y Centros.
El Conservatorio Profesional de Música de Córdoba, siempre que existan solicitudes dentro del plazo de admisión, podrá efectuar pruebas de acceso a diferente curso de 1º, sin que se requiera haber cursado los anteriores.
La Dirección General de Planificación y Centros autorizará, en su caso, el número de plazas escolares vacantes en cada uno de los cursos.
Los aspirantes que hayan sido admitidos tendrán que efectuar la matrícula en los plazos establecidos.