
Guía de admisión y matriculación[i]
Límite de permaencia
El límite de permanencia en el grado elemental de música será de cinco años académicos y en el grado medio de ocho, sin que el alumnado pueda permanecer más de dos años en el mismo curso, ni más de tres en el mismo ciclo en el caso del grado medio.
Ampliación del límite de permanencia
No obstante lo anterior, cuando concurran circunstancias graves que impidan el normal desarrollo de los estudios, se podrá ampliar en un año la permanencia en cada uno de los grados. Para ello, el interesado o interesada deberá solicitado, acompañando justificación documentada de las circunstancias alegadas, antes del día 8 de julio de cada año, a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, a través de la Delegación Provincial correspondiente.
La resolución que se dicte se comunicará al Conservatorio y se habilitará expresamente un plazo extraordinario de matriculación.
[i] Decreto 77/2004, de 24 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios. (BOJA de 27/02/2004)
Orden de 25 de marzo de 2004, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los universitarios (BOJA de 31/03/2004)
ORDEN de 14 de febrero de 2005, por la que se convocan plazas de residencia escolar para cursar estudios posteriores a la educación secundaria obligatoria en el curso 2005/06. (BOJA de 01/03/2005)
Instrucciones de la Viceconsejería de Educación, de 26 de enero de 2005, sobre planificación de la escolarización para el curso académico 2005/06 en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.